1. Revisión a detalle de los campos del pedimento.

Agencia AduanalAl realizar una Auditoria Preventiva en Comercio internacional, es necesario analizar cada campo del pedimento con la finalidad de eliminar cualquier multa que se pueda generar por un campo o dato erróneo y para ello se tiene que ver a detalle cada uno de los apéndices del anexo 22 de las reglas generales de comercio exterior, a manera de ejemplo puedo comentar que para conocer las claves para las importaciones, es necesario ver el apéndice 2 del anexo 22 y así sucesivamente por cada campo se tiene que tener identificado cada apéndice y de esta forma evitar las multas por los campos o datos erróneos.

2. Conteo, Integración y Supervisión de todos los documentos que acompañan a un pedimento.

Al realizar la Auditoria en Comercio Internacional es muy importante tener presente lo que marca el artículo 36 y 59 de la Ley Aduanera, en lo que se especifica todos los documentos que un importador debe tener y se sugiere tener un pedimento con sus respectivos documentos que mencionan los artículos antes enunciados para de esta forma evitar cualquier multa al realizar una importación y así sacar un 10 en una Auditoria.

3. Análisis por renglón de la captura en el sistema de Control de Inventarios.

Con la finalidad de que al realizar una Auditoria en comercio Internacional y dar cabal cumplimiento a las obligaciones que se estipulan en el articulo 59 de la ley Aduanera, en relación con la obligación de llevar los sistemas de control de inventarios, es necesario desarrollar o comprar un sistema, depende de la operación de la empresa y lo fácil o lo complejo que se presente la estructura de los costos por producto.
También es importante conocer si se realizan importaciones definitivas o temporales, ya que de ello depende el tipo de control de inventarios que se tienen que tener en la empresa, ya que si se realizan importaciones temporales se tiene que cumplir con lo que se estipula en la regla 3.3.3 donde se señala la posibilidad de tener o de cumplir con el Anexo 24 de las Reglas y para ello este anexo 24 menciona la necesidad de que el sistema tenga el control de los reportes, manejo de la explosión de materiales o la estructura misma de cada uno de los productos o líneas de producción.

4. Revisión del control de los Desperdicios y/o Mermas.

Para dar cabal cumplimiento con esta obligaciones para toda aquella empresa que tenga programa IMMEX al practicarles una Auditoria en comercio Internacional y en especial en este renglón, es necesario que se de cabal cumplimiento con lo que se menciona en la regla 3.3.15, donde se establece la obligación del manejo de las 6 opciones que se tiene para el control de los Desperdicios, siendo la mas usual la opción de destruir los desperdicios y previamente a ello la necesidad de establecer el calendario y presentarlo a la autoridad, sin olvidar la obligación de informar los primeros 5 días de cada mes del acta que se elabora al no presentarse la autoridad, se establece de redactarse y presentar el acta de la destrucción.
Es importante mencionar que en estas fechas es muy útil para la empresa presentar el manejo de operaciones virtuales con los desperdicios y cada una de estas opciones que se decidan llevar acabo registrarlas previamente el control de inventarios y que aparezcan los registros en contabilidad del movimiento que se les realizo a las mercancías

5. Determinación de cada importación de su plazo de permanencia.

En este tipo de Auditoria lo tiene que tener en cuenta solo las empresas que estén autorizadas como IMMEX, ya que el 108 de la ley aduanera establece los plazos de permanencia de las mercancías en el territorio nacional y si las empresas no cumplen se le establece la multa en el 183 de la ley Aduanera, es por ello que es de importancia tener su absoluto control de los plazos, la forma de solucionar este tipo de requisito es mediante el control de inventarios que el sistema contemple este requisito.

6. Identificación por serie, modelo, marca, de la maquinaria importada según pedimento de importación.

Tal como se establece en el Articulo 36 de la Ley aduanera inciso g, define que toda la mercancía que sea susceptible de identificarse, se debe etiquetar mencionando el minero de pedimento, fecha origen, nombre del importador, su domicilio y país de donde se importa y con esta requisición se da cumplimiento a lo estipulado en la Ley y de esta forma al realizar un recorrido por las instalaciones al momento de realizar la Auditoria, se tiene plenamente identificado cada material o toda la maquinaria que sea importada, se sugiere incluso poner la copia de pedimento en cada maquina para tener un mayor control.

7. Reporte semanal o quincenal del avance y de hallazgos, a solicitud del cliente.